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Condena en Albacete al Sescam y a la empresa IDC Salud por operar la vena equivocada a un hombre

Efe-Redacción
Efe-Redacción
jueves 19 de mayo de 2016, 15:44h

El juzgado Contencioso Administrativo 2 de Albacete ha condenado al Sescam y la clínica privada IDC Salud a pagar 180.000 euros a un hombre a quien se intervino de la vena equivocada en una operación.

Considera que fue una mala praxis en el centro concertado que siguió luego en el Sescam porque atendió más de 20 veces al paciente y no advirtió que le habían hecho una intervención errónea.

El fallo del Contencioso admite recurso, según la sentencia facilitada por la Asociación Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han llevado el caso.

El enfermo fue intervenido de la vena safena interna, cuando en realidad debería haber sido operado en la vena safena externa, y como consecuencia de los hechos se le ha declarado incapacitado total permanente para su oficio, pues era camarero.

En un comunicado, la Asociación Defensor del Paciente explica que el demandante, en marzo de 2011, fue atendido por primera vez en el servicio de cirugía vascular del Complejo Hospitalario Universitario de Albacete (CHUA), "que lo incluyó en lista de espera quirúrgica por una insuficiencia en vena safena externa".

El paciente, que entonces tenía 40 años, fue derivado a la clínica privada "a través del concierto de la sanidad pública", y fue operado en abril de 2011, aunque "por evidente error" no en la vena safena externa, sino en la interna.

Tras el alta, durante más de dos años y en más de 20 ocasiones el paciente "acudió al servicio de urgencias del CHUA donde fue atendido de un proceso infeccioso por el que recibió tratamiento antibiótico y otros".

La sentencia, y el Defensor del Paciente, señalan que "a pesar de la tórpida evolución, no fue hasta dos años y medio más tarde cuando se le derivó al servicio de cirugía vascular del CHUA, donde se detectó el error y fue operado el 13 de diciembre de 2013".

Un año después, en diciembre de 2014, se le reconoció "la incapacidad permanente en grado de total por patología vascular y otros para su profesión de camarero".

La asociación que ha llevado la demanda explica que los demandados en el Sescam y en IDC "se opusieron a la reclamación e incluso imputaron al paciente la responsabilidad de lo ocurrido".

La sentencia dice que "no puede caber duda respecto a la existencia de mala praxis" por parte de la clínica privada al llevar a cabo la intervención quirúrgica", y también en el Sescam, "al haber atendido más de veinte veces al actor, tras la operación, y no haberse percatado sus servicios sanitarios del error". 

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