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Al pan, pan

Por Miguel Ángel Vicente
miércoles 26 de junio de 2019, 17:44h

Y al vino, vino… Refrán del Refranero Español, de Dichos y Proverbios, en el que se contienen, sucintamente, las bases de una verdadera filosofía de vida y comportamiento, basada en el uso y la costumbre a lo largo del tiempo (de ahí la autoridad de los mayores o ancianos tan respetados en su persona y en sus asertos en otras épocas, en las que a través de sus sentencias fácticas imponían una verdadera sabiduría basada en la experiencia y hoy ya casi en desuso, si no, en algunos casos, denostada), y cuyo refrán viene a traducirse o significar tanto como “decir las cosas claramente, por su nombre, sin tapujos, disimulos ni subterfugios”.

Pues eso es lo que ha hecho el Tribunal Supremo, llamar al pan, pan y al vino, vino, en su resolución de los recursos presentados ante el mismo por la Fiscalía, por la defensa de la víctima, por los letrados de la Comunidad Autónoma de Navarra y del Consistorio Navarro, contra las sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Navarra y el Tribunal Superior de Justicia de la propia Comunidad Navarra, ratificando éste lo dictaminado por aquélla, en cuanto a que lo sentenciado por ambos órganos jurisdiccionales de la Comunidad Autónoma dicha, no fue abuso sexual, sino agresión y violación sexuales, al considerar los hechos ocurridos en la madrugada del día 7 de Julio del año 2.016, con motivo de las Fiestas Tradicionales de los Sanfermines en la Capital Navarra, y perpetrados por los cinco componentes de la llamada “La Manada”, ya inserta, con espacio propio, en el diccionario infernal de las aberraciones y delitos sucedidos y cometidos en España, y en cuyas primeras decisiones judiciales fueron condenados, como sujetos, simplemente, de un delito de “abuso sexual”, a nueve años de prisión cada uno de ellos, y ahora revisadas las mismas por el Alto Tribunal Español, y rectificadas en la calificación penal de los hechos de mero “abuso sexual” a “agresión o violación sexual”, que es al fin y a la postre, lo que realmente ocurrió aquella desgraciada madrugada en la que cinco malnacidos, cinco pervertidos, cinco depravados, cinco degenerados, sometieron a una criatura de 18 años a todo tipo de vejaciones, escarnios, tocamientos, diez, al menos, agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales, según considera probado el Tribunal Supremo, en un portal de no más de tres metros cuadrados, dejándola desnuda una vez satisfechos sus libidinosos deseos y robándole el móvil a fin de que no pudiera pedir auxilio, hechos macabros, indescriptibles, terroríficos y que los autores no tuvieron recato para transmitirlos a sus conocidos a través de las redes sociales a fin de que quedara probada la machada realizada por unos personajes que, probablemente, estaban acostumbrados a hacer de su capa un sayo, porque sí, y porque se consideraban los más “in” y guapos del país, ante lo que no se oponía obstáculo, ni legal ni moral, que les impidiera actuar dando rienda suelta a sus más bajos instintos y pasiones, tratando a la chica de marras como a un klínex, que arrojas a la basura, una vez lo has utilizado, y sintiéndose amparados en la estulticia, la idiocia y la mentecatez de todos aquellos que les rodeaban que, incluso, bien podría ser cierto, que envidiaran sus lamentables e ilegales hechos, y sin que lo ocurrido aquella noche o madrugada fuera una excepción en su modus operandi, pues cuatro de los integrantes de tan desdichada, descabellada y maldita “manada”, esperan juicio por otros hechos similares acontecidos en la provincia de Jaén, en concreto en Pozoblanco. Se trata de ese tipo de gentuza, chulesca, depravada, para la que no existen límites en sus aberrantes actos, imagen del mal que ya portan ellos mismos, y que se consideran con licencia para actuar contra la ley, la moral, la ética y las buenas costumbres, por ser quienes son, tan chulos y valientes.

Pues bien, el Tribunal Supremo, que alguna vez tenía que acertar, en este caso ha dado casi en la diana, al considerar los hechos de la tan desgraciada madrugada sanferminera como un delito continuado de diez agresiones o violaciones sexuales, y no meramente de “abuso sexual”, tal como interpretaron los hechos la Audiencia de Navarra y el Tribunal Superior de Justicia de dicha Comunidad Autónoma, con un voto particular de un impresentable Juez, si es que puede llamarse así a quien tan torticera como torpemente razona, que consideró la absolución de las cinco joyas, y al que sería de desear que él en persona se viera forzado por cinco mastodontes en la forma en que lo fue la víctima, a ver si continuaba considerando los hechos como no delictivos y solicitaría la absolución de sus violadores. Y dejémonos de zarandajas y de interpretaciones espurias de los textos legales, los cuales si de verdad se quiere aplicar justicia a los casos sometidos a los mimos, no hay que cambiarlos ni modificarlos, pues debemos dejar de interpretarlos con miedo y con prejuicios, en busca siempre de la veracidad de los hechos sometidos a su contemplación, en busca de un consentimiento o no, de un pre valimiento o de falta del mismo, tratando de restablecer el orden contravenido y dar satisfacción a la víctima del delito, y el Tribunal Supremo mojándose y buscando la auténtica justicia, concluye que el relato de lo ocurrido “describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente los actos sexuales llevados a cabo por los acusados” y considera que la víctima sufrió una “situación intimidante” que la llevo a adoptar “una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza”. Y digo que el Alto Tribunal casi ha dado en la diana, pues el mismo en su resolución apunta a que de haber considerado los hechos como una pluralidad de delitos de agresión sexual (o, al menos, en grado de autoría o de coautoría), en vez de un único delito de agresión o violación continuada, las penas a que se hubieran hecho acreedores estos delincuentes hubiera sido mucho más altas, incluso entre los 60 y los 150 años de cárcel para cada prenda de La Manada. Y aquí, aunque esta calificación no fue sostenida por ninguna de las acusaciones, quizás, según mi juicio, el Alto Tribunal también debiera haber entrado, pues al igual que en la consideración de agresión o violación sexual reconduce una calificación del delito, al no considerarlo como un simple “abuso sexual”, por la misma línea lógica, teleológica e interpretativa, bien pudiera haber apreciado esa pluralidad de delitos sexuales. Pero en fin, bien sea recibida la nueva sentencia y la reconducción y varapalo que supone para los integrantes de algunos órganos de la jurisdicción, que bien harían en hacérselo mirar.

Y sin que sean de recibo las críticas que la Sentencia del Tribunal Supremo ha recibido desde distintos sectores, tales como la emprendida por el juez en excedencia, Francisco Serrano, líder de Vox en Andalucía, atribuyendo a “la turba feminista supremacista” la agravación de la pena en el Supremo, concluyendo que “la relación más segura entre un hombre y una mujer, será únicamente a través de la prostitución” pues “la diferencia entre tener sexo gratis y pagando, es que gratis te puede salir más caro”, ni qué decir que la dirección de su partido ha salido a la palestra a declarar que no es ésta la posición del Partido y que se trata de una mera opinión particular.

Y ya, de escándalo es la opinión de Federico Jiménez Losantos (¡Quién te vio y quién te ve, Federico!) que pareces estar ya chocheando, al explayarse contra la sentencia del Tribunal Supremo al considerar que “los términos conocidos de la misma son arbitrarios y humillan feamente a los jueces navarros (como si éstos fueran sacrosantos e infalibles) y canonizan una Justicia de Género, clavada a la justicia de clase o los tribunales populares de la Guerra Civil”. O sea, lo dicho, Federico que chocheas, que meas fuera del tiesto y ya no estás para estos trotes, lo que te digo sin acritud. Amansa tu ánimo cainita de arremeter contra todo lo que se mueve, porque te pasa como a Don Quijote que crees que los molinos son gigantes tal como lo entendió el caballero de la triste figura, y ya necesitas una buena dosis de analgésicos tranquilizadores y una revisión visual por el oculista.

¿No será que tanto el juez en excedencia como Don Federico se sientan reos de la Sentencia del Tribunal Supremo por algún oscuro episodio en sus tempranos tiempos? Porque si no, no se entiende esa desaforada reacción de jauría de perros de presa contra el Alto Tribunal.

MIGUEL ÁNGEL VICENTE MARTÍNEZ

26 de Junio de 2.019

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