Según la sentencia dada a conocer hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) y consultada por Efe, la Audiencia Provincial de Ciudad Real también ha prohibido a A.M.R. a aproximarse a una distancia inferior a 200 metros de la agredida.
Los hechos tuvieron lugar en el verano del 2014, cuando el acusado, guiado por un propósito libidinoso y con la finalidad de satisfacer su apetito sexual, aprovechó que la agredida volvía sola a su domicilio tras echar de comer a los gatos que su tío tenía en el domicilio de Fuente el Fresno para llevar a casa de su hermana que se encontraba deshabitada.
A sabiendas de que padecía una deficiencia mental, el acusado se desnudó y tras quitarle a ella la ropa interior, le realizó tocamientos hasta penetrarla vaginalmente.
Por todo ello, la Audiencia Provincial de Ciudad Real le ha condenado a la pena de cuatro años de prisión.