La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que
condenó a un hombre por amenazar a la que había sido su novia dentro de una relación sentimental que había acabado cuatro años atrás y que él no aceptaba.
El Juzgado de Penal declaró probado que el acusado, al tener noticias de que ella se encontraba en Hellín (Albacete) -aunque en los últimos meses había trasladado su residencia a Murcia para alejarse de él-, se dirigió hacia el domicilio de su familia.
A altas horas de la madrugada llamó al telefonillo de la vivienda, que fue atendido por una hermana de la denunciante, profiriendo contra ambas palabras insultantes y amenazantes.
Acto seguido, se dirigió hacia el vehículo de la denunciante, que estaba aparcado en las inmediaciones, y causó daños en el mismo que han sido valorados en 766 euros.
La sentencia recogía también que el acusado sufría en aquellos momentos un trastorno de ansiedad, "si bien no se acreditó que sus capacidades intelectivas y volitivas estuvieran limitadas de forma relevantes en la ejecución de los hechos enjuiciados".
La sentencia, ahora ratificada por la Audiencia Provincial de Murcia, lo condenó a diez meses de prisión por un delito de amenazas en el ámbito familiar; nueve meses de multa, con una cuota diaria de cuatro euros, por un delito de daños, y veinte días de multa, con la misma cuota, por una falta de amenazas.