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Ecologistas y Aproca, dos opiniones diferentes sobre la sentencia del TSJCM sobre el control de predadores

Redacción / Efe
Jueves 04 de febrero de 2016

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha hecho pública hoy una sentencia por la que da la razón a la 



asociación de propietarios de fincas cinegéticas (Aproca) y la Junta de Comunidades en relación a la Orden que regula el proceso de homologación de los métodos selectivos de trampeo.

En una nota de prensa de Aproca, se señala que la sentencia, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, desestima el recurso interpuesto por ACMADEN- Ecologistas en Acción Toledo contra la Orden que regula el proceso de homologación, así como los métodos ya homologados para el control de especies depredadoras, perros y gatos asilvestrados.

Esta orden valida el uso de métodos como el Collarum, lazo Wisconsin en alar y al paso, lazo con tope y cierre libre en alar y la caja metálica para urracas.

En este proceso, tanto Aproca, como la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se personaron como entidades demandadas.

Los ecologistas, ha señalado en su comunicado Aproca, basaron la solicitud de impugnación de la norma, en la ilegalidad por la omisión del trámite de audiencia en el Consejo Asesor de Medio Ambiente, cuestión que defendió muy bien la Junta de Comunidades, al exponer que fue suficiente el proceso de información al que fue sometida la Orden, al ser aprobado en el Consejo Regional de Caza donde los propios ecologistas estuvieron representados.

Por otro lado, la demanda pedía la impugnación del Orden por el hecho de regular en una sola norma dos objetos diferentes, la homologación y la implantación de los métodos a homologar, cuestión que el Tribunal considera no vulneraba norma de rango superior alguna.

Asimismo ACMADEN- Ecologistas en Acción Toledo solicitó que los métodos homologados no se pueden considerar selectivos, hecho que el Tribunal no sólo no ha admitido, sino, que detalla que los informes de ecologistas corresponden a conocimientos técnicos pero, en ningún caso, a estudios de campo.

En definitiva, el Tribunal ha tenido en cuenta las argumentaciones que Aproca ha esgrimido en su informe técnico y en la respuesta a la demanda, ha permitido que el trampeo no se prohíba en esta región y que sea avalado el proceso de homologación y formación que esta entidad viene realizando desde hace cinco años.

El presidente de Aproca, Luis Fernando Villanueva ha querido reflejar que no deja de ser una gran noticia el hecho de que las costas del proceso sean pagadas por los propios demandantes, mucho más allá del motivo económico, espera que esta sentencia pueda paralizar la continua judicialización que esta asociación ecologista está sometiendo en los últimos años al sector cinegético.

Villanueva, asimismo, ha querido agradecer a diferentes entidades públicas y privadas el apoyo que han mostrado a la homologación de control de predadores en Castilla-La Mancha, en primer lugar a la Junta de Comunidades por la firme defensa en este proceso, al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por ser la entidad que impulsó en España la homologación de estos métodos a través de unas Directrices Técnicas Estatales y así cumplir con la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y a la Oficina Nacional de la Caza y a la Federación de Caza de Castilla La Mancha, como asociaciones del sector cinegético que han colaborado de forma activa en el proceso.

También ha agradecido al despacho Bernad Abogados y Asociados que ha llevado el proceso para Aproca y, especialmente, a la Asociación Española de Tramperos (ATE), cuya colaboración directa con Aproca está ayudando en España a la profesionalización de una actividad como es el trampeo.

Finalmente, Aproca ha lanzado un mensaje a todas las Comunidades Autónomas que aún no han regulado este proceso de homologación, con el objeto de que pongan en marcha este proceso en las diferentes regiones, y espera que esta sentencia pueda servir para hacer disipar las dudas que las organizaciones ecologistas han querido transmitir de forma intencionada a las Direcciones Generales competentes en materia cinegética en las diferentes regiones.

Opinión de Ecologistas

Ecologistas en Acción Castilla-La Mancha ha mostrado hoy su decepción y sorpresa por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que "avala la norma que pone en riesgo" a los mamíferos carnívoros protegidos y ha causado peligrosas capturas de linces en la región.

Ecologistas en Acción ha señalado en un comunicado de prensa que está estudiando distintas vías para se modifique la Orden que fija las normas para la homologación de métodos de captura de especies predadoras, perros y gatos asilvestrados y homologaba algunos de esos métodos, entre ellos distintos tipos de lazos y los alares.

El TSJCM, a través de la Sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha rechazado una buena parte de los argumentos esgrimidos por Ecologistas en Acción dejando sin contestar otros "muy relevantes".

Para los ecologistas, sorprende "la dureza de la sentencia", sobre todo porque "no se corresponde con otras que sobre aspectos y argumentos comparables había emitido la misma Sala".

Entre ellos, ha señalado, la minusvaloración de la pericial presentada por Ecologistas en Acción y que venía suscrita por expertos científicos docentes en la Universidad Rey Juan Carlos I.

También la consideración de que el Consejo Asesor de Medio Ambiente no ha de informar de la legislación cinegética, aún cuando afecte a recursos naturales protegidos.

Además, "choca en la sentencia que el TSJCM dé valor por encima de la normativa legal a las directrices técnicas que sobre la materia aprobó el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, cuando se trata de un mero documento técnico ampliamente criticado por numerosos especialistas".

Por otra parte, ha lamentado "especialmente" que el Tribunal no haya reparado en el daño que "estos métodos provocan en especies protegidas, entre ellos el lince y el lobo ibérico", y ha recordado que en mayo de 2015 un lince caía capturado en un lazo con alar autorizado en un coto de caza de Casas de Lázaro, en Albacete.

El animal, de nombre 'Llera', pudo ser liberado gracias a que portaba un collar emisor dispuesto por tratarse de un ejemplar liberado dentro del plan de reintroducción.

Con la norma ahora ratificada por el TSJCM, ha señalado, "se podrán extender este tipo de autorizaciones y quedará en manos de los tramperos decidir sobre el destino de los animales capturados".

Para esta organización, "no será difícil imaginar lo que pasará con muchos de estos especímenes que no portan collares con GPS que les amparen y permitan su localización" y ha lamentado, al tiempo, el daño que "la irresponsable actuación de la Unión Europea, del Ministerio y de la Consejería de Agricultura ofreciendo amparo a las directrices y a la orden recurrida".

A su juicio, que "las Administraciones no hagan lo necesario por regular adecuadamente esta injustificada práctica, que tantas veces ha puesto de manifiesto el perjuicio que provoca en las especies, lleva sino a dudar de su imparcialidad y objetividad frente a las presiones del lobby cinegético".

Finalmente, ha indicado que el equipo jurídico estudia las distintas vías posibles para que se rectifique lo sentenciado en el TSJCM y que plantea, entre ellas, presentar un recurso al Tribunal Supremo y una queja ante la Unión Europea.

Además, incrementará sus acciones ante la Consejería de Agricultura para que la normativa vigente se cumpla y para cambiarla sustancialmente dentro del proceso de reforma de la ley de caza de Castilla-La Mancha actualmente en marcha.