Castilla La-Mancha

Guardia Civil de Cuenca imputa a una persona por conducir sin carné y a otra por hacerlo tras consumir alcohol

Redacción-Europa Press | Martes 19 de agosto de 2014

Efectivos de la Guardia Civil de Cuenca ha imputado en los últimos días a dos personas, como presuntos autores de la comisión de dos delitos contra la seguridad vial. El primero de ellos por conducir un vehículo sin haber obtenido el permiso de conducir y el segundo por circular bajo los efectos del alcohol.



El primero de los hechos ocurrió el pasado domingo, cuando una patrulla de la Guardia Civil de Carrascosa del Campo paró un vehículo a la altura del kilómetro 124 de la carretera A-3 (Madrid-Valencia) dentro del término municipal de Zafra de Záncara. Al verificar los datos del conductor del vehículo, los agentes comprobaron que esta persona no poseía permiso de conducir, y que nunca lo había obtenido.

Tal y como ha informado en nota de prensa la Delegación del Gobierno de Castilla-La Mancha, ante este hecho se procedió a la detención de este individuo, un varón de 26 años y nacionalidad española por la comisión de un delito contra la seguridad vial.

La segunda actuación ha tenido lugar en la madrugada de este lunes, cuando efectivos de la Guardia Civil de Tarancón pararon dentro del casco urbano de la población a un vehículo que había cometido una infracción de tráfico. Durante la confección del pertinente boletín de denuncia, los agentes percibieron en el conductor, síntomas de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Ante esta situación, se solicitó la colaboración de la policía local taranconera, al encontrarse dentro del casco urbano, para realizar la correspondiente prueba de alcoholemia.

Efectuada la prueba, que arrojó un resultado de 0,90 miligramos de alcohol en aire espirado, se detuvo al conductor, un hombre rumano de 34 años de edad, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, al conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

La Guardia Civil recuerda que la tasa máxima con la que se puede conducir un vehículo, con carácter general, está establecida en 0,25 miligramos de alcohol en aire espirado.