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Sí a la vida

Por Miguel Ángel Vicente
miércoles 15 de agosto de 2018, 03:55h

Esto es lo que ha respondido el Senado Argentino al rechazar por 38 votos a favor y 31 en contra, más dos abstenciones, el texto de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que había sido aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 14 de Junio con 129 respaldos, de tal manera que este proyecto no se volverá a tratar hasta el Uno de Marzo de 2.019, cuando comience el nuevo curso legislativo, lo que alargaría su probable aprobación hasta el año 2.020, si bien el Gobierno, presidido por Mauricio Macri, el cual ha vaticinado que el debate va continuar, sopesa incluir cambios sobre al aborto en la reforma del Código Penal que se sustanciará este mes.

La nueva Ley, siguiendo la propuesta de la Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, iniciativa iniciada en 2.006, permitiría poner fin a cualquier embarazo en las primeras 14 semanas de gestación, voluntariamente y sin justificación o motivo alguno, nada más que con la voluntad de la mujer embarazada, y deja su rechazo vigente una Ley de 1.921, que solamente permite abortar cuando haya riesgo para la salud de la madre y cuando el embarazo sea fruto de una violación, dejando fuera de juego uno de los principales argumentos de quienes apoyan el aborto de que en el país se producen unos 500.000 abortos clandestinos al año, con el consiguiente riesgo para la salud e integridad física de la madre, incluso el de muerte de la misma.

Una vez más se produce la confrontación entre los partidarios, de prácticamente, el aborto libre, y los partidarios de la defensa a ultranza de la vida, entendiendo que ésta existe desde el mismo momento de la fecundación en el útero materno, o lo que es lo mismo, entre los que relajan los principios morales y éticos y los que los siguen manteniendo en todo lo alto, pues sabido es que la vida empieza en el momento mismo de la concepción, en cuyo momento el feto, dentro del claustro materno, adquiere vida y, por tanto, individualidad como ser, que tiene derecho a que esa vida no le sea interrumpida de un modo drástico y dramático, acabando arrojado a los desagües de las alcantarillas, sin llegar jamás de los jamases a ser y, consiguientemente, a alcanzar la plenitud como persona, con todos los derechos predicables y predicados de una persona normal a la que le han dejado ver la luz del día, y no como aquellos a quienes se les ha negado tal derecho, incluso al de tener una tumba, precisamente ahora que en este país, aún hoy, a duras penas, llamado España, se buscan cientos de cadáveres fruto de la sanguinaria Guerra Civil que asoló el país, entre 1.936-1.939, que se hallan en enterramientos o fosas comunes, para darles la individualidad a que toda persona, aun después de muerto, tiene derecho, o sea, a tener esa tumba sobre la que los familiares puedan llorar y llevar flores, al menos, cada uno de Noviembre. Cuestión, esta de la tumba individual e identificativa del cadáver, que como puede entenderse no es asunto baladí.

Por cierto, que en España, la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, conocida como Ley Aído, aprobada bajo el mandato de Don José-Luis Rodríguez Zapatero, siendo Ministra de Sanidad, Bibiana Aído, que derogó la ley de plazos aprobada en tiempos de Felipe González, también respaldó la legalidad del Aborto Libre, siempre dentro de esas primeras 14 semanas de gestación, y cuya derogación y vuelta a la Ley de plazos, constituyó una de las principales promesas electorales del Partido Popular en las elecciones de Diciembre de 2.011 y que acabaron dando la mayoría absoluta a dicho partido y el advenimiento del Registrador de la Propiedad Don Mariano Rajoy Brey al Gobierno de España, promesa que se tornó en uno de los más graves y execrables fraudes electorales, al negarse reiteradamente el Gobierno del PP a asumir su responsabilidad ante Dios y los Hombres de derogar la llamada Ley Aído, y sólo, por hacer que se hace algo, sin hacer nada, se consintió una reforma mínima, referida única y exclusivamente, a exigir el consentimiento de los progenitores para el aborto a las menores de 16 y 17 años, lo que provocó la dimisión del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, al que su propio Gobierno y Partido, le dejaron con el culo al aire, al considerarse objeto de burla y cachondeo por la minireforma dicha, que se quedaba a años luz de la que él proponía, basándose en la antedicha promesa electoral, un ejemplo más de cómo, según dijo en su día, el que fuera Alcalde de Madrid, Tierno Galván, “las promesas electorales están para no cumplirlas”, y lo que pone de manifiesto el fariseísmo de un Partido, el Partido Popular, que hace bueno el refrán (¡qué puñetero es el refranero español, tan certero como eso, tan puñetero!) que sentencia “a Dios rogando y con el mazo dando”, poniendo en evidencia a tanto pepero que se dan golpes de pecho y se declaran católicos, apostólicos y romanos, total para conseguir un voto y seguir aupados en el machito del poder (¡qué tendrá éste, que no se echa fuera del mismo al que lo agarra ni con agua hirviendo!). En fin, uno de los muchos incumplimientos de aquel programa electoral que barrió el mapa al PSOE y aupó a los populares a las más altas cimas del poder con mayoría absoluta, aunque ya hemos visto como se cumple el otro refrán (¡y dale con el refranero!) según el cual “cuanto más alto subas, más bajo caerás”. Pero, Rajoy y Vd., señora, somos así.

Y en concomitancia con ese derecho a la vida que, de momento, preserva la legislación argentina, con el rechazo al aborto, puro y duro, y en cuyo rechazo bien puede verse la propia mano de la Iglesia Argentina, pero sobremanera, la del Papa Francisco I, argentino, por lo demás, este propio Papa, ha abogado también por el derecho a la vida, modificando el artículo 2.267 del Catecismo, desterrando del mismo la pena capital, que como mal menor la Iglesia aceptó como herramienta para proteger a la sociedad de los peores criminales que atentan contra la paz y la convivencia ordinaria dentro de la misma, siendo el nuevo texto de la siguiente guisa: “Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos (...) Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves (…) La Iglesia enseña a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona, y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo”, dejando sin efecto la anterior redacción del mismo, que empezaba así: “La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye (...) el recurso de la pena de muerte, si ésta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas...”.

En cualquier caso, hay medio centenar de países que aplican la pena de muerte, entre ellos la inmensa mayoría de Estados de los United States of America, habiendo sido ejecutados en el año 2.017 un millar de delincuentes, y un 84% de las ejecuciones tuvieron lugar en Irán, Arabia Saudí, Pakinstán e Irán, sin olvidar China, que más bien poco que mucho, caso harán al Sumo Pontífice, que ha enviado una carta a los obispos de todo el mundo en la que se explica la nueva redacción del Catecismo respecto a la condena de muerte.

Como vemos, protección, de la vida, de un lado, desde su inicio (Argentina) y en su final (ejecución), prohibiendo el aborto libre y la condena de muerte, aunque si ésta es abolida en base a que atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona, ¿dónde quedan esa inviolabilidad y esa dignidad de las víctimas, o es que éstas no las tenían?.

MIGUEL-ANGEL VICENTE MARTINEZ

15 de agosto de 2018

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