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La Audiencia de Albacete impone más de 4 años de cárcel para los implicados en el crimen del camionero en Caudete

La Audiencia de Albacete impone más de 4 años de cárcel para los implicados en el crimen del camionero en Caudete

Por Redacción / Efe
jueves 30 de mayo de 2019, 17:05h

La Audiencia Provincial de Albacete ha impuesto penas de cárcel de más de cuatro años a cada uno de los tres implicados en el robo y en la muerte violenta de un camionero valenciano en el término municipal de Caudete, aunque los absuelve del delito de asesinato.

De esta manera el tribunal sigue el veredicto que la pasada semana hizo el jurado popular del juicio, después de que otros dos acusados ya fueran absueltos por el magistrado que preside el tribunal al considerar que no había prueba de cargo contra ellos.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dado a conocer este jueves dicha sentencia, que determina que no hay pruebas suficientes para señalar al autor o autores materiales del crimen y que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal de este tribunal.

Los condenados por la Audiencia Provincial, tras el veredicto del jurado popular, son A.P.F., a quien se imponen cinco años y un día de prisión por los delitos de robo, daños y encubrimiento del crimen; G.C., a quien se imponen cuatro años y un día de cárcel por los mismos cargos, y J.F.L., también con cuatro años y un día de privación de libertad como condena.

El robo y el crimen del camionero ocurrieron el 28 de noviembre de 2014, cuando los acusados "se pusieron de acuerdo" para robar a la víctima, que, según las informaciones que ellos tenían, iba a llevar ese día en el vehículo "entre 100.000 y 200.000 euros".

Los acusados siguieron al camionero -F.J.M.B.- desde el municipio valenciano de Corbera hasta la A-35 y la A-31 en dirección Albacete y luego en la N-344, ya en el término albaceteño de Caudete, interceptaron el camión

Los acusados escucharon los "disparos" que acabaron con la vida de F.J.M.B., pero, según el fallo judicial, "desconocían" que, entre ellos, alguno fuera a utilizar armas.

Así, la sentencia dice que "aunque no participaron" en el crimen, los condenados sí "ocultaron e inutilizaron las armas, vehículo y demás instrumentos utilizados", motivo por el que se les condena por encubrimiento.

El TSJCM explica, junto a la sentencia, en un comunicado los motivos de la absolución de las otras dos personas juzgadas, que justifica en que "la única prueba incriminatoria para esos dos acusados era la declaración de otros dos coacusados en el juicio", la cual no pudo someterse a contradicción porque éstos no respondieron a las preguntas de los abogados defensores de los dos acusados a los que incriminaban y, por tanto, no pudieron defenderse".

De ese modo, no hubo prueba de cargo válida para que fuera examinada por el jurado en su deliberación, cuando el Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales hace mención al derecho de todo acusado a un proceso con todas las garantías para su defensa, "que se manifiesta en el derecho a interrogar o hacer interrogar a quienes declaren en su contra", algo que no sucedió en este juicio.

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