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Castilla-La Mancha permite la venta ambulante de productos de primera necesidad en los pueblos
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Castilla-La Mancha permite la venta ambulante de productos de primera necesidad en los pueblos

Por Redacción / Efe
miércoles 18 de marzo de 2020, 11:35h

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles la orden de la Consejería de Sanidad por la que ser permite la venta ambulante de productos de primera necesidad en los municipios que así lo autoricen, para garantizar el abastecimiento de sus vecinos.

El DOCM, consultado por Efe, ha indicado que el 14 de marzo se publicó la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la región, como consecuencia de la evolución epidemiológica del COVID-19 y en su apartado tercero se contemplan medidas preventivas en el ámbito de la actividad comercial, que dispone la suspensión de la actividad comercial minorista en todo el territorio de la región, excepto los establecimientos comerciales minoristas de alimentación y productos y bienes de primera necesidad.

También ha apuntado que el Real Decreto de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 también recoge medidas de contención de la actividad comercial.

Sin embargo, la instrucción publicada este miércoles ha considerado que, examinadas ambas disposiciones, la Consejería de Sanidad ha acordado que el Ayuntamiento de cada municipio puede autorizar los puestos de venta ambulante de productos de primera necesidad para garantizar el abastecimiento de los vecinos.

Dichos puestos deberán observar la normativa higiénico-sanitaria respectiva y la permanencia de dichos puestos deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.

La instrucción especifica que, en todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y el vendedor mantenga la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

Asimismo, precisa que para la toma de decisión, los ayuntamientos tendrán en consideración si la existencia de establecimientos permanentes en la localidad garantiza el suministro de bienes de primera necesidad.

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