La nueva ordenanza de movilidad en Puertollano, Ciudad Real, ya está en vigor y regula el uso de patinetes eléctricos. Esta normativa prohíbe que menores de 16 años utilicen estos vehículos, salvo excepciones, y establece la obligación de usar casco y contar con un seguro de responsabilidad civil. Los patinetes deben circular por la calzada o carriles bici, con una velocidad máxima de 10 km/h en estos últimos. Además, se requiere el uso de luces y chalecos reflectantes en condiciones de baja visibilidad. La norma también restringe la circulación nocturna para menores sin licencia y prohíbe el uso de patinetes en aceras y zonas peatonales. Para más detalles sobre las regulaciones específicas, consulta la ordenanza completa.
La nueva ordenanza de movilidad, tráfico y transportes de Puertollano, en Ciudad Real, ha comenzado a aplicarse desde este viernes tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Esta normativa regula el uso de los patinetes eléctricos en el casco urbano, después de haber resuelto alegaciones y sugerencias.
Entre las principales disposiciones, se prohíbe el uso de patinetes por menores de 16 años, salvo excepciones específicas. Además, se establece que solo una persona puede utilizar el patinete a la vez y se limita la velocidad máxima permitida.
Los usuarios deberán portar casco y contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil. La circulación debe realizarse por la calzada o carriles bici, con una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora en estos últimos. En condiciones de baja visibilidad, será necesario usar chalecos reflectantes y luces delanteras y traseras.
La normativa también especifica que la edad mínima para circular con un Vehículo de Movilidad Personal (VMP) es de 16 años. Sin embargo, los menores que posean una licencia de ciclomotor (permiso AM) podrán utilizarlo. Aquellos que no cuenten con dicha licencia solo podrán hacerlo bajo ciertas condiciones: deben ser adecuados a su edad, altura y peso, y estar acompañados por un adulto responsable en espacios cerrados al tráfico.
Asimismo, se restringe la circulación nocturna para los menores de 16 años y durante condiciones meteorológicas adversas que afecten la visibilidad. Es obligatorio tener un seguro que cubra daños a terceros en caso de accidente. Para todos los VMP tipo B, el uso del casco es mandatorio y deben llevar prendas reflectantes para ser fácilmente identificables por otros conductores.
Los usuarios deben transitar preferentemente por carriles bici segregados, sin exceder los 20 kilómetros por hora y evitando maniobras bruscas. Se debe prestar especial atención a peatones vulnerables como niños, ancianos o personas con discapacidades.
En cuanto a la prioridad en las vías públicas, los usuarios de VMP tienen preferencia sobre los peatones en carriles bici; sin embargo, siempre deben ceder el paso en pasos peatonales señalizados. Al circular por aceras-bici, la velocidad no debe superar los 10 kilómetros por hora y está prohibido usar el resto de la acera reservada para peatones.
Los VMP pueden circular por calzadas donde la velocidad esté limitada a 30 kilómetros por hora, siempre que no lo hagan a una velocidad anormalmente reducida. No se permite su circulación en túneles sin carril bici segregado a menos que exista señalización específica que lo autorice.
Está prohibido el uso de VMP en aceras y calles peatonales. En áreas como el Centro Comercial Abierto se aplicarán las normativas específicas vigentes. Cuando sea necesario acceder a una acera o zona peatonal con un VMP, el usuario deberá desmontar y continuar a pie hasta su destino o lugar de estacionamiento.
Dentro de parques o jardines públicos, así como en paseos habilitados, los VMP solo podrán circular por carriles bici existentes o pavimentados donde esté permitido. En estas áreas se debe mantener una velocidad inferior a 10 kilómetros por hora y cumplir con las condiciones establecidas en la normativa correspondiente sobre parques y jardines.
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 16 | Edad mínima para circular con un VMP |
| 10 km/h | Velocidad máxima en carril bici |
| 20 km/h | Velocidad máxima permitida para VMP |
| 30 km/h | Limitación de velocidad en vías donde se permite la circulación de VMP |