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El Supremo estima el recurso de la empresa Montextil de Hellín sobre la fabricación de las fregonas ‘lagis’

Efe
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martes 08 de marzo de 2016, 17:16h

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una empresa de fregonas de Hellín (Albacete) que había sido condenada por la Audiencia de 

Alicante a dejar de fabricar y comercializar una fregona llamada 'lagis' por vulnerar marcas protegidas de otra empresa catalana, y dictamina que no hay delito.

La empresa Montextil Artículos Textiles de Hellín había sido condenada en primera instancia a abandonar la fregona lila de microfibra 'lagis' por vulnerar marcas protegidas de la catalana llamada Mery y Celim, según recoge la sentencia del Supremo.

La empresa de Hellín también había sido condenada a pagar a la catalana 600 euros diarios mientras no cesara en dicha vulneración, sanción que se ha desestimado.

El Supremp indica que las marcas nacional y comunitaria registradas por Mery y Celim no les da el derecho a "impedir que se fabriquen y comercialicen otras cabezas de fregonas de color lila que se comercializan con signos diferentes al suyo".

Y añade que "sus derechos de marca, española y comunitaria, no le otorgan la exclusividad en el mercado sobre los mochos de fregona de color lila, cualquiera que sea el signo con que son marcados".

El Tribunal Supremo ha condenado a la empresa Mery y Celim al pago de las costas.

La citada empresa catalana interpuso la demanda en noviembre de 2011 detallando que la entidad hellinera fabricaba estas fregonas desde un año antes.

 

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