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UPyD critica actuaciones “clientelares” tras la anulación de los procesos de selección de personal en el Ayuntamiento de Albacete

martes 16 de diciembre de 2014, 16:36h

Ante la sentencia que anula dos procesos de selección del Ayuntamiento de Albacete, UPyD censura de nuevo este tipo de actuaciones clientelares que conculcan los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir siempre la selección de personal por parte de las administraciones públicas.

UPyD Albacete condena una vez más estas viejas prácticas de los grandes partidos políticos que, abusando de su poder decisorio, en muchas ocasiones piensan más en colocar a sus afines que en situar en puestos de responsabilidad a aquellos que pueden, por mérito y capacidad, ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos.

Que sean los tribunales los que tengan que poner en su sitio a los responsables políticos, no puede ser sino motivo de vergüenza para quien tomó esa decisión ahora anulada. En la sentencia, el juez, tras constatar la imposibilidad de que la Junta de Gobierno Local pueda decidir que un candidato es el idóneo si no ha aportado ni un solo documento que acredite la formación o experiencia que dice tener, reitera que “la libre designación es un tipo de proceso selectivo que ha de respetar siempre los principios de mérito y capacidad”, no los de afinidad política, cabría añadir.

Desde UPyD Albacete recuerdan que dicha formación presentó hace un mes un escrito al Ayuntamiento instando a una mayor transparencia, cuyo punto número 2 solicitaba la publicación en la web del Ayuntamiento de “El listado del personal de confianza con el que cuentan la alcaldesa, los concejales y los grupos políticos municipales para realizar su trabajo, las funciones que realizan, la cualificación que les habilita para realizarlas y las retribuciones de los mismos por todos los conceptos”.

Desde UPyD Albacete también afirman que en el programa electoral que presentarán a los ciudadanos para las próximas elecciones locales, se contemplará expresamente el riguroso respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la función pública, para la promoción profesional de los empleados municipales y para la contratación de personal de confianza si ésta fuese necesaria.

 

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