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Las ayudas a la maternidad de la Junta serán de 150 euros al mes para las mujeres que cumplan los requisitos establecidos

Redacción-Europa Press
Redacción-Europa Press
miércoles 31 de diciembre de 2014, 12:26h

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado en su edición de este miércoles la Orden de la 

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a la maternidad en Castilla-La Mancha y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2015, en la que contarán con un presupuesto de dos millones de euros.

Según publica el DOCM y recoge Europa Press, en ejercicios sucesivos, las convocatorias se llevarán a cabo mediante resolución del titular de la Dirección General competente en materia de familia y estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes en el presupuesto de la Junta en los ejercicios a los que se imputen los gastos.

La cuantía de la ayuda será de 150 euros al mes desde la fecha de la solicitud, siendo en todo caso el periodo subvencionable, incluidas las renovaciones, no superior a 24 meses, siempre que se cumplan además de los requisitos establecidos en la base quinta de esta orden, los objetivos planteados en el plan de intervención individualizado.

La solicitud de ayuda podrá ser presentada desde el momento en que se haya cumplido la semana catorce de gestación hasta el momento previo al parto. La resolución inicial que se dicte abarcará desde el momento de la fecha de la solicitud hasta el parto.

Las renovaciones tendrán que ser solicitadas por parte de la interesada y cada una de ellas tendrá una duración máxima de nueve meses. La primera renovación se solicitará en el plazo de quince días desde el parto y la fecha de efecto de la misma será la fecha de nacimiento del niño.

El resto de renovaciones se solicitará quince días antes del vencimiento de la renovación anterior, y los efectos de dicha renovación serán desde el día siguiente a la finalización de la ayuda anterior. En caso de no presentarse la solicitud de renovación en ese periodo, los efectos serán los de inadmisión previstos en la base décima 3.

Las ayudas objeto de esta Orden tendrán como límite el crédito consignado en la aplicación presupuestaria de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En ejercicios sucesivos, el crédito consignado se determinará en la correspondiente convocatoria.

Para el ejercicio 2015, el crédito consignado es de dos millones de euros. Esta cuantía total máxima podrá incrementarse, motivadamente, previo informe favorable de la Intervención General y tramitación del oportuno expediente de gasto, antes de resolver la concesión de la subvención sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con la aprobación del crédito disponible, hasta el final del ejercicio o el agotamiento del crédito si es anterior.

En el 2015, el plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día 2 de enero de 2015 hasta el final del ejercicio o el agotamiento del crédito si es anterior.

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el simplificado de concurrencia y se realizará mediante la prelación temporal de las solicitudes presentadas. La concesión de las ayudas previstas en esta Orden queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Junta para el ejercicio 2015.

((Se puede descargar el pdf con toda la información y requisitos para solicitar la ayuda))

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