En este caso, en el que la cooperativa, como acusación particular, pedía 6 años de cárcel para el electricista, el Ministerio Fiscal no había presentado acusación al considerar que no había delito.
El acusado, entre 1998 y 2004, a través de su empresa, con sus propios trabajadores o mediante subcontratas, había estado realizando trabajos para la cooperativa sin que se planteara ningún problema.
Los albaranes, según señala la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, eran elaborados por él mismo, por los trabajadores o por las empresas subcontratadas y él entregaba las facturas a la cooperativa, que las abonaba sin mayores problemas.
El conflicto surgió cuando, en 2004, el hombre se jubiló y pidió que se la abonaran los pagos pendientes, cantidad que ascendía a 607.000 euros.
A partir de ahí, el hombre inició un pleito por reclamación de cantidades, a lo que la cooperativa respondió con una demanda penal, que ahora ha zanjado la Audiencia Provincial.