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Piden 5 años de cárcel a un hombre por agredir a policías de Albacete que impedían la venta ambulante

Piden 5 años de cárcel a un hombre por agredir a policías de Albacete que impedían la venta ambulante

Por Redacción-Europa Press
sábado 25 de julio de 2020, 11:27h
El Juzgado de lo Penal número 3 de Albacete tiene previsto juzgar este lunes, 27 de julio, a S.N., para quien el fiscal pide cinco años de prisión por cometer un delito de atentado y otro de lesiones, agrediendo físicamente con un hierro a miembros de la Policía Local de Albacete

quienes se encontraban en el recinto ferial de la ciudad, concretamente entre la Carpa Rock y la atracción de la noria, con el objeto de vigilar que no se llevase a cabo la venta ambulante.

En el señalamiento judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, se considera probado que el acusado --de nacionalidad senegalesa, en situación regular en España, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia--, sobre las 22.15 horas del 11 de septiembre de 2019, al percatarse de la presencia de agentes de la Policía Local que estaba prestando servicio de vigilancia y seguridad en el recinto ferial, con intención de impedir la venta ambulante, se dirigió a ellos pidiéndoles que dejaran ejercer dicha actividad a "sus compatriotas", pues era su modo de ganarse la vida.

Una solicitud que realizó alterado y haciendo aspavientos con las manos, hasta que en un momento determinado se aproximó a uno de los agentes poniéndole la mano sobre el pecho de éste con intención de intimidarle para que permitiese la venta. Acto seguido se dirigió a quienes pretendían realizar dicha actividad llegando incluso a iniciarse una discusión, empujando S.N. a alguno de ellos con intención de que se pusieran en la vía de emergencia donde se encontraban los agentes.

Según se relata en el escrito, el acusado al no obtener la respuesta esperada por parte de los vendedores, se dirigió de nuevo a los funcionarios policiales a quienes gritando pidió que se marcharan del lugar, levantándoles la mano y empujando en el pecho al mismo agente antes referido, llegando a ser necesaria la petición de refuerzos policiales ante la actitud violenta de S.N.

Una vez se personaron otros dos agentes, el acusado comenzó a lanzar patadas y puñetazos a los cuatro que había, llegando a alcanzar a varios de ellos quienes tuvieron que hacer uso de sus defensas reglamentarias con el objeto de intentar reducir al acusado.

En un momento dado, el acusado se giró y cogió un hierro de grandes dimensiones de un puesto próximo al lugar en el que se encontraban, arrancó el mismo y comenzó a golpear a los agentes provocándoles lesiones.

Dado que S.N. mantenía su actitud agresiva y violenta, dos de los agentes sacaron sus armas reglamentarias para que el acusado cambiase su actitud, y aunque no hubo éxito a la petición de que éste se tirara al suelo, con la ayuda de un vigilante de seguridad de una de las carpas próximas, se abalanzaron contra el acusado logrando quitarle el hierro e inmovilizarle.

LESIONES CAUSADAS A LOS AGENTES DE SEGURIDAD

En el escrito se recoge que a consecuencia de los hechos relatados, resultaron con daños los cuatro agentes presentes, sufriendo el primero una contusión en mano izquierda, parameniscitis medial de rodilla izquierda y lumbalgia postraumática que no precisó de tratamiento médico, y transcurridos 8 días consiguió su sanidad, siendo 3 días de perjuicio moderado y 5 de perjuicio básico.

El segundo de los agentes dañados, sufrió epicondilitis postraumática del codo izquierdo, que no requirió de asistencia facultativa tardando 7 días en alcanzar la sanidad de la lesión, siendo todos los días de perjuicio básico.

El tercer agente sufrió lesiones consistentes en TCE leve y contusión costal izquierda, no constando que haya precisado de tratamiento médico para lograr su curación obtenida transcurridos 17 días, de los que 10 fueron de perjuicio moderado y 7 de perjuicio básico. Asimismo, como secuelas el agente tiene una cicatriz lineal de 1,5 centímetros hipercrómica y no sobreelevada en región lateral costal izquierdo, que produce un perjuicio estético ligero.

El cuarto y último agente, sufrió una fractura sin desplazamiento de 1/3 distal clavícula derecha, fracturas múltiples de cuerpo de escápula y fractura de base de apófisis coronoides que precisaron de tratamiento médico mediante la administración de antiinflamatorios, teniendo que llevar el brazo en cabestrillo y tardando en curar 161 días, de los que 120 fueron de perjuicio moderado y 41 de perjuicio básico. Por dichas lesiones, el agente cuenta con secuelas como limitación de la movilidad del hombro/rotación interna y artrosis postraumática.

Como daños materiales, se señala que fueron perjudicados los radioteléfonos que usaban dos de los agentes, así como el pantalón del uniforme que vestía uno de ellos.

Por último, se recoge en el escrito que el acusado está afectado por un trastorno disocial de la personalidad sin seguimientos, y alteraciones de conductas fluctuantes tras TCE leve por un accidente de tráfico, habiendo tenido varios ingresos hospitalarios como consecuencia de conductas heteroagresivas.

PENAS QUE SE PIDEN AL ACUSADO

El Fiscal señala que los hechos son constitutivos de un delito de atentado por el que se pide al acusado 3 años y 6 meses de prisión y la pena de multa de 40 días con cuota diaria de 12 euros. El segundo delito del que se le acusa es por cometer delito de lesiones, por el que le piden 18 meses de prisión.

Las penas privativas de libertad deberán ser sustituidas por la expulsión del territorio español con prohibición de regresar al mismo en un periodo de 7 años.

Así, se pide que el acusado abone al Ayuntamiento de Albacete en la cuantía a la que asciendan los daños causados al agente en el pantalón y por los desperfectos causados en los radioteléfonos.

Por las lesiones causadas a los agentes, el fiscal pide que al Policía Local citado anteriormente como segundo agente lesionado, deberá abonar la cuantía de 475 euros, por las lesiones sufridas; al tercer agente lesionado, deberá abonar la cantidad de 350 euros por cada uno de los siete días de perjuicio básico; y al cuarto y último agente lesionado, deberá abonar la cantidad de 11.050 euros por las lesiones sufridas, y 3.000 euros por las secuelas.

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