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La Diputación de Albacete dispone 530.000 euros en ayudas para fomentar la Igualdad, la conciliación y la corresponsabilidad en la provincia
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La Diputación de Albacete dispone 530.000 euros en ayudas para fomentar la Igualdad, la conciliación y la corresponsabilidad en la provincia

viernes 05 de mayo de 2023, 13:50h

Multiplicando prácticamente por cinco la cuantía total disponible este año en ellas, la Diputación de Albacete impulsa sendas Convocatorias de Ayudas en el ámbito de su Unidad de Igualdad desde el pleno convencimiento de que éste es un ámbito clave de actuación en la lucha contra la despoblación y en el avance de las distintas localidades bajo criterios de justicia social.

Así, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica este viernes, 5 de mayo, sendas Convocatorias de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva que, enmarcadas en este área, pueden solicitarse durante un mes: desde el 6 de mayo al 6 de junio.

475.000 ? para que Ayuntamientos y Entidades Locales Menores impulsen actividades de conciliación

La primera de ellas incrementa notablemente el presupuesto hasta los 475.000 ? merced al convenio suscrito recientemente entre el presidente de la Diputación, Santi Cabañero, y la consejera de Igualdad de C-LM, Blanca Fernández, en el marco del Plan Corresponsables.

Se trata de una línea de ayudas destinas a Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la provincia de Albacete para la realización de actividades de conciliación en el medio rural; iniciativas orientadas a avanzar en la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres mediante la implantación de una nueva política pública en el sector de los cuidados: pilar fundamental de cualquier sociedad.

Pretendiendo favorecer la conciliación y la corresponsabilidad en las familias para mejorar su día a día equilibrando el tiempo laboral, familiar y personal, las subvenciones financiarán actuaciones dirigidas a crear, desarrollar o reforzar proyectos y medidas que han de estar encuadradas en una de estas dos líneas:

- La 'Línea 1', dotada con 300.000 ?, se dirige a todos los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores con el fin de que impulsen actuaciones destinadas al cuidado de menores de hasta 14 años inclusive, mediante servicios de cuidados domiciliarios, y/o servicios de carácter colectivo que puedan prestarse en dependencias convenientemente habilitadas al efecto.

- La 'Línea 2', presupuestada con un total de 175.000 ?, se destina únicamente a Ayuntamientos y Entidades Locales Menores con menos de 20.000 habitantes, apoyándoles en el desarrollo de actuaciones y proyectos para el acompañamiento y la atención tanto de personas mayores como de jóvenes con más de 14 años que por sus especiales circunstancias así lo requieran, con servicios de acompañamiento domiciliario, y/o servicios de carácter colectivo que puedan prestarse en dependencias convenientemente habilitadas al efecto.

En ambas lineas, las actuaciones deberán destinarse de forma prioritaria a la atención de familias monomarentales/monoparentales, víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia contra la mujer, mujeres en situación de desempleo de larga duración, mujeres mayores de 45 años o unidades familiares en las que existan otras cargas relacionadas con los cuidados.

Pueden beneficiarse de estas ayudas las actividades cuyo desarrollo suceda en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2023, comprobándose que las personas que ejecuten las actuaciones subvencionadas con cargo a la 'Línea 1' dispongan de la correspondiente certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y tengan alguno de estos perfiles profesionales:

  1. a) Para los servicios de carácter colectivo: Técnica/o Superior en Educación Infantil, Técnica/o Superior en Animación sociocultural y turística, Técnica/o Superior en Enseñanza y animación socio deportiva, Técnica/o Superior en Integración social, Auxiliar de Educación Infantil o de Jardín de Infancia, Monitoras/es de ocio y tiempo libre. El perfil de monitoras/es de ocio y tiempo libre podrá ser acreditado con certificados de profesionalidad de 'Dinamización de Actividades de Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil', con certificado de 'Dirección y Coordinación de Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil', con titulaciones en el ámbito de la animación juvenil, obtenidas a través de Escuelas de Animación Juvenil, o con otros títulos distintos de los anteriores que, siendo del mismo ámbito, cuenten con un número de horas superior a 100 y homologación o aval público, a través de Administraciones u Organismos públicos, o por Universidades públicas o privadas.
  2. b) Para los servicios de cuidados domiciliarios: las personas habilitadas a través del procedimiento de reconocimiento de la experiencia laboral y habilitación para la atención de menores en bolsas domiciliarias en el marco del Plan Corresponsables, además de los perfiles profesionales referidos en el apartado a).

Son subvencionables en esta Convocatoria: Los costes salariales, la cotización empresarial a la Seguridad Social y las indemnizaciones por fin de contrato de las personas que se contraten; los costes de contratación de servicios específicos; los costes referidos a limpieza, seguros y desplazamientos; los costes referidos a gastos de materiales imprescindibles para la ejecución de la actividad; y los gastos de alquiler de bienes inmuebles.

55.000 ? para que asociaciones y entidades desarrollen programas de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género

De otra parte, también el BOP recoge este viernes la publicación de la Convocatoria de Subvenciones que, en el ámbito de la Unidad de Igualdad, impulsa la Diputación de Albacete para asociaciones y entidades de derecho privado y carácter no lucrativo que realicen actividades de promoción de la igualdad y la prevención de la violencia de género desarrolladas entre el 01 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023.

Dotadas con un total de 55.000 ? e, igualmente en régimen de concurrencia competitiva, con estas ayudas se pretende apoyar proyectos y actividades que fomenten el asociacionismo femenino, la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad, la prevención de la violencia de género y de cualquier tipo de discriminación de índole sexual o de género. Consta de dos líneas:

- La 'Linea 1' se dirige a asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, domiciliadas en alguna localidad de la provincia de Albacete. Se les reserva una parte de la dotación presupuestaria de la Convocatoria para favorecer el asociacionismo femenino y la participación social de las mujeres, sin perjuicio de que estas asociaciones y federaciones puedan concurrir, si lo desean, a la línea 2. El importe subvencionado no podrá exceder de 500 ? por solicitante para esta Linea.

- La 'Linea 2' se orienta a entidades, federaciones u otras personas jurídicas de derecho privado y carácter no lucrativo, domiciliadas en alguna localidad de la provincia de Albacete (excepcionalmente, podrán acogerse entidades no domiciliadas en la provincia si las actividades objeto del proyecto que concurra a la convocatoria se desarrollen en alguna localidad del territorio albacetense y afecten de manera especialmente relevante a su ciudadanía). Con esta línea se pretende favorecer la realización de actividades de promoción o fomento de la igualdad, así como dirigidas a la prevención de la violencia de género o de cualquier forma de discriminación por razón género, orientación sexual o identidad de género. El importe subvencionado no podrá exceder de 5.000 ? por solicitante. Solo podrá formularse una petición por Asociación, Federación o Entidad.

Optando a una puntuación máxima de 15 puntos, para la valoración de los proyectos presentados se tendrán en cuenta de forma preferente los siguientes criterios:

En relación a la valoración del propio proyecto (con un máximo 10 puntos), se considerará que sea innovador y original en la localidad donde va a ejecutarse (0-3 puntos); su calidad técnica, claridad en la metodología para la consecución de los objetivos previstos, que sea coherente, su grado de contribución a la consecución de los fines de promoción de la igualdad y que prevea la evaluación de los resultados. (0-5 puntos). También la identificación y el número de personas beneficiarias directas de la actividad para la que se pretende la subvención en función a la población del municipio (0-1 punto); y las aportaciones que realiza la Asociación o Entidad a la actividad objeto de petición (0-1 punto).

Como segundo gran criterio, se valorará el número de habitantes del municipio donde tenga la sede la asociación solicitante, para la 'Linea 1' o el número de habitantes del municipio destinatario de la actividad, para la 'Línea 2'. Para poder puntuar por este criterio, deberá haberse obtenido un mínimo de 5 puntos en la valoración del proyecto y que la actividad se desarrolle en una localidad de la provincia de Albacete. Cuando se trate de un proyecto o actividad que se desarrolle en diferentes localidades, se hará la media con los puntos correspondientes a cada municipio donde esté previsto ejecutar el proyecto o actividad, con discriminación positiva hacia los de menor población: Así, los de hasta 2.000 habitantes podrán optar a hasta 5 puntos; los de entre 2.001 y 3.500 habitantes, a hasta 4 puntos; los de 3.501 a 5.000 habitantes, a hasta 3 puntos; y los que tengan más de 5.001 habitantes, sumarán 1 punto.

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