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Exalcalde de Quintanar del Rey ratificado en condena por prevaricación

Exalcalde de Quintanar del Rey ratificado en condena por prevaricación

El Tribunal reafirma la decisión judicial que inhabilita al exalcalde por irregularidades en la gestión de contratos públicos en Quintanar del Rey

sábado 14 de marzo de 2026, 09:40h

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la condena del exalcalde de Quintanar del Rey, Martín Cebrián, a nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa. La sentencia desestimó el recurso de apelación presentado por Cebrián, quien argumentaba violaciones de garantías procesales y errores en la valoración de pruebas. El tribunal consideró que la resolución era suficientemente motivada y que los hechos probados justificaban la condena. Este caso surgió tras una querella del portavoz del Partido Popular, José Talaya, quien destacó la gravedad de las irregularidades en el contrato formalizado por Cebrián para adaptar un pabellón municipal. La decisión del TSJCM permite un posible recurso ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado el recurso interpuesto por el exalcalde de Quintanar del Rey, Martín Cebrián, en relación con la condena dictada por la Audiencia Provincial de Cuenca. Esta resolución le impone una inhabilitación de nueve años por un delito de prevaricación administrativa, conforme al artículo 404 del Código Penal.

Según la sentencia del TSJCM, a la que tuvo acceso Europa Press, se rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa del exdirigente socialista. Su argumentación se centraba en el supuesto quebrantamiento de las garantías procesales, así como en la falta de correspondencia entre los hechos probados y los fundamentos de la condena. También alegaban una falta de motivación en la sentencia.

Rechazo a las alegaciones

El recurrente también denunció un error en la valoración de pruebas y una infracción normativa debido a la ausencia de especificaciones sobre el empleo objeto de la inhabilitación. No obstante, el TSJCM determinó que no hubo variaciones en los hechos recogidos en la sentencia original, considerándola debidamente motivada y clara en sus conclusiones.

El tribunal concluyó que las afirmaciones realizadas por Cebrián no eran suficientes para modificar el veredicto inicial. Se confirmó así que el exalcalde había formalizado un contrato con una empresa por un monto total de 75.151,89 euros, destinado a adaptar el pabellón Santa Lucía como auditorio. Este contrato fue firmado ocultando que ya había autorizado verbalmente al contratista modificaciones previas tras una visita anterior.

Posibilidad de recurso ante el Supremo

La sentencia del TSJCM no impone costas y permite presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Este caso llegó a los tribunales tras una querella presentada por José Talaya, quien era portavoz del Partido Popular en ese momento. Tras conocer la decisión judicial, Talaya afirmó que se ha demostrado que no se trataba simplemente de una irregularidad menor, sino más bien de un acto que podría ser calificado como una "cacicada" o dedazo.

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