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El Alba debe aprobar en la junta general de julio la ampliación de capital de un millón de euros

El Alba debe aprobar en la junta general de julio la ampliación de capital de un millón de euros
viernes 12 de junio de 2015, 07:18h
El Albacete Balompié celebrará junta general en julio, en la que se dará a 
conocer a los accionistas el estado de cuentas de la sociedad y se propondrá la ampliació nde capital por algo más de un millón de euros. 
En la información del club, se señala que la junta general extraordinaria será en el Salón de Actos de la Diputación Provincial, situado en el Paseo de la Libertad número 5, el próximo día 16 de julio de 2015, a las 12 horas, y en segunda convocatoria, el día 17 de julio de 2015 a las 12 horas, para deliberar y resolver sobre el siguiente
El orden del día será el siguiente:
"1.Puesta en conocimiento a los accionistas del estado financiero de la Sociedad.
2. Ampliación de capital por aportación dineraria de 1.026.000,00 € mediante la emisión de 342.000 acciones a un valor nominal de 3 euros cada una de ellas, de la misma clase y serie que las existentes, sin prima de emisión y que desde el momento de la suscripción deberá estar íntegramente desembolsado. Consiguiente modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales. La presente ampliación se realiza con exclusión del derecho de suscripción preferente en los términos y condiciones previstas en la documentación puesta a disposición de los accionistas en la fecha de la convocatoria, todo ello de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital y demás legislación concordante.
3.Aprobación de delegar en el Consejo de Administración la facultad de señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la junta, incluyendo la modificación de los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales. El plazo para el ejercicio de la presente facultad delegada es de un año.
4.Ruegos y preguntas.
5.Delegación de facultades para elevar a público y subsanar, en su caso, los anteriores acuerdos.
6.Sistema de aprobación del acta y, en su caso, aprobación de la misma".
 
 
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