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La Audiencia de Madrid da la razón a Cospedal y rechaza la demanda en su contra de Detectives Almirante

jueves 05 de junio de 2014, 14:33h

La secretaria general del PP hizo declaraciones acusándoles de espiar a cargos 'populares' por encargo del PSOE

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a la secretaria general del Partido Popular y presidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal y ha avalado la decisión de desestimar la demanda por vulneración del derecho al honor que presentó en su contra Detectives Almirante por unas declaraciones en las que les acusaba de espionaje a miembros de su partido.

Los jueces Juan José García, Milagros Aparicio y Cristina Doménech han entendido que las declaraciones vertidas en enero y febrero de 2011 por la secretaria general del PP, la alcaldesa de Ciudad Real, Rosa Romero, y el portavoz del PP en esa comunidad, Francisco Cañizares, sobre el presunto espionaje, "se enmarcan dentro de la libertad de expresión".

La resolución de la Audiencia Provincial, contra la que no cabe recurso, cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo y asegura que el derecho al honor "se encuentra limitado por las libertades de expresión e información".

Detectives Almirante demandó a Cospedal por las afirmaciones respecto a la implicación de la agencia en la "persecución política" contra el PP orquestada por el PSOE. La dirigente popular comparó la actuación de la agencia con "un tebeo de Mortadelo y Filemón" y la calificó como "muy chusca".

La agencia explicaba que, tras haber sido contratada por un funcionario del Ayuntamiento de Ciudad Real para investigar un supuesto caso de acoso laboral, los populares vincularon este trabajo de la empresa con un supuesto espionaje al PP encargado por los socialistas.

Los magistrados de la Sección Octava establecen que las manifestaciones realizadas por Cospedal y los otros dos demandados en diversos medios de comunicación se enmarcan "sin duda en el espacio de la libertad de expresión en tanto constituyen emisión de juicios y opiniones de carácter personal".

Recuerdan también que las declaraciones de la secretaria general 'popular' se realizaron cuando se hallaban próximas las elecciones locales y autonómicas. "Aunque no había comenzado la campaña electoral, puede afirmarse que se realizaron en el marco de una contienda política", agregan los jueces madrileños.

La sentencia pone también de manifiesto que en las declaraciones efectuadas no se realizaban "alusiones personales" y "carecían de toda condición insultante o descalificadora". La Sección Octava condena a Detectives Almirante y a Isidro García al abono de las costas.

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