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Mujeres maltratadas y sus hijos podrán trasladarse a casas de acogida de otra CCAA en un máximo de 15 días

Mujeres maltratadas y sus hijos podrán trasladarse a casas de acogida de otra CCAA en un máximo de 15 días
lunes 21 de julio de 2014, 15:20h

Cataluña y País Vasco, comunidades que no ratifican este protocolo nacional "por motivos competenciales"

Las mujeres maltratadas y sus hijos podrán trasladarse a casas de acogida de una comunidad autónoma distinta a la que residen en un plazo máximo de 15 días desde la recepción de la solicitud, o en 24 horas en caso de que sea una situación de máximo riesgo, según se desprende del protocolo firmado este lunes entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y las comunidades autónomas.

Se trata del 'protocolo de derivación entre las comunidades autónomas para la coordinación de sus redes de centros de acogidas de mujeres víctimas de violencia e hijos', unas pautas comunes de actuación, al que se han adherido todas las comunidades autónomas, salvo Cataluña y País Vasco "por motivos competenciales", según ha explicado al término de la Conferencia sectorial de Igualdad la secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero.

Así, se establece un marco común de actuación de acuerdo con las premisas de la seguridad, la recuperación y la confidencialidad de las mujeres víctimas y de sus hijos.

De esta forma, las comunidades autónomas de origen de la propia víctima, o en su caso, si así lo acuerdan, las comunidades de procedencia y de acogida  asumirán los costes del desplazamiento.

Asimismo, cuando llegue la unidad familiar al nuevo centro, los hijos serán escolarizados de forma inmediata y a la mujer se le aplicarán los recursos y servicios que su situación concreta haga necesarios, al igual que el itinerario profesional de asistencia pertinente.

Si la mujer carece de medios, el gasto lo asumirá la comunidad de origen y se abre la posibilidad de que tanto la de origen, como la de destino acuerden el reparto de costes. Cuando llegue la mujer con sus hijos a la comunidad de acogida se procederá a la aplicación para las actuaciones como víctima integral de violencia de género y se procederá a la escolarización inmediata de menores.

Si la mujer y los menores tuvieran que regresar a la comunidad de origen, por obligaciones del proceso judicial, o causa justificada, se informará a la comunidad de origen para que facilite el alojamiento y la protección necesarias y si la mujer no dispone de medios, la comunidad de origen será la que asuma los gastos.

Finalizada su estancia en el centro de la comunidad de recepción podrá decidir si fija su residencia en dicho territorio, en cuyo caso se le aplicarán los recursos allí existentes.

Avanzado  

"Estamos ante una medida que refuerza protección a víctimas y menores a su cargo, que maximiza los recursos, mejora coordinación entre administraciones y consolida nuestro país como el país más avanzado en la protección de mujeres víctimas de violencia de género", ha celebrado Camarero.

Sobre el momento a partir del cual se podrá activar el protocolo, la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Blanca Hernández, ha señalado que se contempla un sistema amplio de la acreditación de la condición de víctima.

Es más, sostiene que algunas comunidades autónomas han especificado que querían que fuera la denuncia, y otras han dado por válido un sistema amplio, apuntando por ejemplo a que en casos de mayor riesgo o mayor necesidad de protección basta con un certificado de asuntos sociales para proceder a esa inmediatez del traslado.

Según informaron a Europa Press fuentes del Ministerio, los requisitos para proceder al traslado son que la víctima tenga la resolución judicial (una orden de protección), o bien un informe del ministerio fiscal en el que se diga que hay motivos bastante acreditados de que hay indicios de violencia de género o puede volver a haberla.

Excepcionalmente, en situaciones urgentes de peligro o riesgo para la vida de la víctima, según este protocolo, bastará con que la comunidad de origen envíe a la de acogida un informe del Centro de la Mujer, del servicio social, organismo de igualdad o equivalente.

La Conferencia Sectorial también ha aprobado 'Las Pautas para la intervención individualizada' de las víctimas de violencia de género y de los menores a su cargo, lo que supondrá una mayor coordinación de los profesionales de las distintas áreas (psicológica, social, educativa o judicial) desde un diagnóstico preciso de la situación familiar y con la posibilidad de que al caso se le asigne un profesional concreto encargado del seguimiento.

"Queremos que las mujeres mediante el trabajo en red estén en estrecha coordinación de los recursos y eviten revictimizaciones secundarias, encuentren su espacio de seguridad, y comiencen en las mejores condiciones posibles su recuperación y también los menores a su cargo", ha agregado.

Para ello, será necesario conocer unidad familiar de modos más preciso, tener toda la información, valorar la pauta de actuación. Además, se asignará un profesional de referencia también para las mujeres y también para sus hijos para que el seguimiento del plan individualizado no deje ningún cabo suelto.

Por otro lado, el Ministerio ha propuesto efectuar junto con las comunidades autónomas un informe de evaluación de los diez años de desarrollo de la Ley de Violencia de Género.

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