www.albaceteabierto.es
Soriano pone en duda la legalización por parte del Ayuntamiento de Albacete de unos áticos

Soriano pone en duda la legalización por parte del Ayuntamiento de Albacete de unos áticos

martes 06 de febrero de 2018, 12:31h

El concejal ha exigido que el alcalde le conteste como exige la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local.

Pedro Soriano, concejal en el Ayuntamiento de Albacete y presidente de Contigo Somos Democracia en Castilla-La Mancha, ha exigido al alcalde, Manuel Serrano, que responda a todas las cuestiones planteadas en un escrito, presentado en el Registro Municipal, con fecha de 10 de enero de 2018, relativo a la legalización de unas viviendas en la calle Martínez Villena bajo la supervisión de la Gerencia de Urbanismo. “El alcalde debe cumplir las obligaciones legales establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”, ha afirmado.

En base al artículo 77 de la LBRL, el concejal ha alegado que tiene el derecho a la fiscalización de las actuaciones municipales y ha exigido que se le explique cómo se ha podido legalizar una vivienda, si dentro de la misma se ha quedado encerrada la maquinaria del ascensor de la comunidad de vecinos, así como otros servicios comunes. “Todo es fácilmente deducible de la lectura de las escrituras de división horizontal, certificados en fin de obra y demás documentación presentada en Disciplina y Gerencia de Urbanismo”, ha dicho. Soriano ha asegurado que “no entiende, como realizada una inspección, nadie vio, ni hizo constar algo tan evidente, como la inaccesibilidad y privación al resto de vecinos del acceso a servicios comunes".

“Se incumple flagrantemente la Ley 8/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), así como la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, que prohíbe que haya alguna zona de la vivienda que sea un paso obligado a cualquier local que no sea de uso exclusivo de la propia vivienda”, ha hecho hincapié Soriano.

“El Ayuntamiento debe cumplir la Ley 48/2002, de 23 de diciembre del Catastro Inmobiliario, y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y sus respectivas normas de desarrollo; en concreto el artículo 36.2 de la Ley del Catastro Inmobiliario, que establece que las Entidades Locales y otras entidades públicas gestoras del Impuesto sobre Bienes Inmuebles remitirán a las Gerencias del Catastro la rectificación de las inexactitudes en la descripción catastral de las que tengan conocimiento”, ha informado.

Soriano tampoco entiende por qué el Ayuntamiento ha hecho caso omiso, por qué los áticos legalizados continúan figurando como trasteros, con dimensiones casi tres veces inferiores a las actuales, y por qué el Consistorio renuncia a recaudar el I.B.I. de estos áticos legalizados, pero busca cualquier excusa para recaudar del resto de ciudadanos. “Es más – ha dicho – la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana establece que el restablecimiento de la legalidad urbanística deberá hacerse constar en el Registro de la Propiedad tal como establece la legislación hipotecaria, por lo que cómo se pueden inscribir en el Registro de la Propiedad, sin consentimiento unánime de todos los vecinos, la legalización de unos trasteros ampliados con el suelo de las terrazas azoteas de los edificios”.

Soriano ha finalizado recordando que “el artículo 9.3 de la Constitución Española establece que las autoridades no pueden tomar decisiones arbitrarias infringiendo el principio de igualdad de trato de los administrados ante la aplicación de la ley” y ha solicitado estar presente en una próxima inspección de las viviendas legalizadas.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios