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Cuando las togas se desbocan

Por Miguel Ángel Vicente
miércoles 27 de junio de 2018, 14:11h

Ya he resaltado, con insistente reiteración, que la función judicial, o sea, la tarea del Juez de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, es una tarea difícil, complicada, compleja y enrevesada, cuando no, en cierto modo también, sibilina, enigmática, misteriosa y oscura, que exige al justiciante una labor enorme, un trabajo semejante al de los Trabajos de Hércules, inconmensurable, cual los trabajos de Persiles y Segismunda, la aplicación de una fuerza espiritual análoga a la física de Sansón, antes de su castración capilar a manos de Dalila. O sea, que no es fácil, o lo que es lo mismo, repito, que es difícil, en jerga de que tanto se valiera nuestro ex-Presidente del Gobierno, Don Mariano Rajoy Brey, a la sazón, hoy, Registrador de la Propiedad de Santa Pola (Alicante), casi por encomienda divina, por lo cual y de esto debiera tomarse nota con atención y, en su caso, admiración, de que el cuerpo judicial no puede estar integrado por personas que, o carecen de la formación jurídica adecuada, que serán los menos casos, pero que haberlos háylos, como en botica, o adolecen de una deformación espiritual, ética o moral, no sólo discutible, sino, en más casos de los deseados, rayana en la incuria y la extralimitación. Y es por ello, porque la decisión de dictar una sentencia, en un sentido o en otro, puede comprometer y, de hecho, compromete, seriamente las bases y los postulados fundamentales de lo que no nos cansamos de repetir, como una chicharra en plena canícula, de un Estado de Derecho, amén de Democrático y de Bienestar Social. Por ello, también, esas decisiones judiciales debieran ser el resultado de una exégesis, casi de ultratumba, de los principios y valores inherentes a la persona del Juzgador, y que, por esa razón fundamental, de afectar a los bienes y a la vida de los justiciables, debieran ser exigibles, hasta la saciedad, un comportamiento moral y ético, de acuerdo con los principios de esa índole, imperantes en la sociedad en el momento de emitir dichas decisiones y hacerlas ejecutar, porque no puede soliviantarse a un nutrido grupo de esa sociedad, afectada por esas decisiones, tales como, en este caso, a las mujeres, y menos, aún, cuando ese solivianto, esa concatenación de circunstancias y coyunturas, atentan contra la inmensa mayoría del cuerpo social, creando en éste un estado de alarma e indignación extraordinarios e inauditos, un desasosiego y, consiguientemente, una desafectación general e integral, en lo que afecta al ejercicio de una función que, no lo olvidemos, se incardina en uno de los tres Poderes del Estado, pilares y basamento y fundamento de ese tan repetido y manoseado Estado de Derecho. No olvidemos que esos tres pilares los conforman los tres Poderes del Estado, a saber, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, cuya exquisita, estricta e inexcusable independencia debe prevalecer sobre cualesquiera otras consideraciones, argumentos, razones o fundamentos, que se entremezclen. En definitiva, que no habrá un verdadero Estado de Derecho, sino con la observancia, a rajatabla, de esa independencia, pero sobre todo y por todo, sin un Poder Judicial, no sólo independiente de los otros dos, sino con un Poder Judicial verdadero, fuerte, sólido y firme, cuyos miembros integrantes adolezcan de una preparación, casi sobrehumana, como he dicho, no sólo en lo material, con dominio de la Legislación, sino y con más vehemencia, en el ámbito ético, moral y espiritual, conjugación de valores terrenales y divinos, o sea, en definitiva, una completa, copiosa y actualizada preparación, tanto en el ámbito de la Ley humana, como en el de la Ley natural o, mejor, divina, si es que se quiere, de verdad y con conciencia, que las resoluciones que emanen de los órganos judiciales, sean constitutivas, de una verdadera y ejemplar justicia, o, quizás, mejor, rebosantes de equidad. Para aplicar la ley a rajatabla, literal, como una máquina, movida a impulsos de teclados y botones, en realidad, no harían falta jueces ni Magistrados ni Tribunales, bastaría una máquina expendedora de sentencias, en la que previa introducción en la misma de los hechos a enjuiciar, tal como se han dado en la realidad, de un modo frío, insensible e indiferente, emitiría la papela por ésta o aquella ranura predeterminada al efecto. Y aquí paz, y allá gloria. Pero la JUSTICIA, así con mayúsculas, exige por parte del juzgador, un hacer, un involucrarse en la obra en que acabará su decisión final, ese trabajo exigente que requiere, incluso, si preciso fuere, no dormir por las noches, pues lo contrario, nos darían jueces insensibles, profesionales de pacotilla, rehuyendo los pitones del toro, hablando tauromáquicamente, realizando una tarea de tapadillo, como se realiza cuando no se quiere por parte del torero arriesgar y meterse en el terreno del toro, realizando una faena de aliño para salir airoso de la contienda, pero con escasa o nula gloria. Y es por lo que, a los juzgadores debiérales serles exigidas esas querencias, esas confluencias morales y éticas, amén, digo, materiales de códigos y leyes, y negarles toda acción dirigida a hacer de su capa un sayo, decidir de soslayo, y emitir sentencias, resoluciones y veredictos que dejan a los justificables con el mal sabor de boca y convencidos de que ellos mismos, aun en contra de sus intereses, acabarían resolviendo mil veces mejor que lo que ha resuelto su señoría.

Toda esa traca y matraca, por repetitiva no menos necesaria para aviso a navegantes, viene a cuento de la última decisión de la Sala Segunda de lo Penal de la Audiencia de Navarra, en relación con el suceso protagonizado por la ya triste y repulsiva llamada “La Manada”, en los Sanfermines del año 2.016, que no contentos sus integrantes, con menospreciar la libertad y la dignidad de la víctima, al sentenciar como abuso y no agresión sexual, los espeluznantes, reprimibles, criminales y zascandiles hechos perpetrados en un habitáculo de menos de tres metros cuadrados de superficie, sobre una mujer, una joven, desvalida, a la que ultrajaron en lo más hondo que puede ser ultrajada una persona, añadamos que “humana”, pues los miembros de la mencionada manada, aun personas, no pueden ser calificados de “humanos” y mucho menos, entronizarlos dentro de esta categoría, de ser dotado de inteligencia y voluntad, pues se mostraron como verdaderos y auténticos animales (sin ánimo de ofender a la categoría animal irracional, que merece todo el respeto del mundo) y que se comportaron como los seres más repugnantes, repulsivos, hediondos, infectos e inmundos (en realidad no hay en ningún diccionario adjetivo que pueda serles aplicado) que uno pueda imaginarse. No contentos con la sentencia antedicha, ahora, la propia y misma sala, habiéndose abatido la voluntad de la única mujer integrante en la mima, a saber, Raquel Fernandino, junto a la voluntad mayestática del Magistrado que tuvo a bien expresar un voto discrepante solicitando la absolución de los reos, o sea, Ricardo González, ha decidido poner en libertad, de momento, o sea, provisionalmente, a los cinco reos, mientras se sustancian los recursos interpuestos ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, por descontado, y los que seguirán, más que probablemente, ante el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. O sea, que siguiendo esta tónica, este modus operandi, si es que, al final, se confirman las sentencias condenatorias, por H o por B, o sea, por abuso o por agresión sexual, quizás los interfectos ya estén peinando canas, o, incluso, alguno, criando malvas. Y ni qué decir, la indignación que de nuevo ha originado en la sociedad entera, la estrambótica decisión, de quienes parecen haber perdido el juicio y quizás, debieran ser, simultáneamente, enjuiciados, salvo el Magistrado José Francisco Cobo, contrario a esta decisión, emitiendo un voto particular más bien dirigido contra sus compañeros de terna, negándose, como ponente, a caligrafiar ni una sola línea del auto excarcelatorio, que no fuera para mantenerlos en prisión. Lo cual, ante estos hechos, sí que hace exigible una observancia y vigilancia exhaustiva y permanente sobre los miembros de la carrera judicial, en ámbito de preparación material, y con más intensidad si cabe, en ámbito moral, ético y espiritual, apartando de la misma a quienes no se hagan acreedores de la confianza que la sociedad delega en estos juzgadores, que convierten su función en una profesión banal, en un medio de vida, y que les trae al pairo el sentimiento de las víctimas y, por correlación el de una sociedad entera, que espera y desea de tan altos tribunos un comportamiento ejemplar, que a la vez, les permita, ser ejemplarizantes. Y quien de este cuerpo no esté de acuerdo con estas premisas, más les valiera ir haciendo mutis por el foro, porque no hacen otra cosa, a diario, que poner en almoneda su profesión y vender su alma al diablo. Teniendo en cuenta que nadie les obliga a estar ahí y que su ingreso en la carrera judicial es total y absolutamente voluntario. Y dejemos de lado, el corporativismo atávico e injustificado que, a veces, se practica en este ámbito, como en tantos otros. Ésta decisión, no hace sino que sobre sus autores recaigan las sospechas más fulminantes y execrables de contubernio con la perversión, la depravación y los bajos instintos de un ser despreciable. El Consejo General del Poder Judicial no puede permanecer impávido, expectante, como un Don Tancredo y como integrantes sus miembros del tendido 7 de Las Ventas, esperando el desarrollo de la corrida, como si las cosas no fueran con sus ellos, pues por algo es el Órgano Supremo de la Dirección, Administración y Gobierno, del Orden Jurisdiccional. Y si las sentencias las dictan los jueces y no la calle, como se articula, no habrá más remedio que escuchar a esa calle cuando la misma abarque la sociedad civil entera nacional y de allende nuestras fronteras.

MIGUEL-ANGEL VICENTE MARTINEZ

27 de junio de 2018

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