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El Ayuntamiento de Albacete abre el plazo para subvencionar el bonotaxi a personas con discapacidad y dependientes
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El Ayuntamiento de Albacete abre el plazo para subvencionar el bonotaxi a personas con discapacidad y dependientes

martes 06 de noviembre de 2018, 17:54h

Esta convocatoria está dotada con 30.000 euros y tiene por objeto el reconocimiento de una prestación económica de carácter anual para atender los gastos extraordinarios originados por desplazamientos fuera del domicilio habitual por personas con discapacidad

La concejal responsable del área de Acción Social en el Ayuntamiento de Albacete, María Gil ha informado que ya se encuentra abierto el plazo para participar en la convocatoria de subvenciones del Bonotaxi.

María Gil ha informado que ya ha sido publicado en el BOB la convocatoria pública de subvenciones del Bono Taxi para personas con discapacidad o dependientes de la ciudad de Albacete y sus pedanías, dotada con 30.000 euros, siendo el plazo para poder participar desde mañana 6 de noviembre hasta el próximo día 30 de noviembre de 2018.

La titular de Acción Social ha señalado que esta convocatoria tiene por objeto el reconocimiento de una prestación económica de carácter anual para atender los gastos extraordinarios originados por desplazamientos fuera del domicilio habitual por personas con discapacidad que tengan graves dificultades para utilizar transportes públicos colectivos, y por tanto deban acudir para ello a servicio público de taxi o transportes análogos.

Las personas físicas con un grado de discapacidad igual o superior a un 33%, con movilidad reducida o discapacidad visual así como las personas físicas con valoración del grado de dependencia que reúnan los requisitos establecidos por las bases de esta subvención podrán obtener una cuantía máxima por beneficiario de 600 euros, cuyos trayectos individuales en ningún caso podrán superar un importe superior a 20 euros por trayecto. Excepcionalmente y debidamente justificado, podrán realizarse trayectos cuyo importe sea superior esta cantidad.

La justificación se realizará mediante la aportación del documento legal (recibo o factura), no solo se acreditará la cuantía de la ayuda y los desplazamientos realizados, sino también la aportación de la persona beneficiaria, es decir, justificante de haber abonado el 100% del importe. Los gastos a justificar serán los correspondientes al transporte de los beneficiarios efectuados desde la fecha de concesión hasta el día 31 de marzo de 2019.

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