Según precisa el DOCM y recoge Europa Press, el objetivo de facilitar el alojamiento al alumnado que por la distancia de su domicilio familiar y por su situación económica más lo necesita.
La prestación de la colaboración se entenderá como un complemento de la formación humana y de convivencia de los estudiantes que resulten beneficiados, justificando con su rendimiento y actitud su finalidad.
La condición de becario colaborador supone el derecho a residencia, con exención del pago de la cuota, desde el día de ingreso una vez adjudicada la plaza hasta la finalización del curso en junio y a la manutención durante los días que permanezca abierto el comedor para el alumnado residente.
Las tareas que realicen los becarios colaboradores no supondrán vínculo jurídico-laboral con la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Podrá ser beneficiario de plaza de becario colaborador de la Red de Residencias Escolares el alumnado que, residiendo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y que haya sido admitido en un centro público para cursar Ciclos Formativos de Grado Superior, cursos superiores conducentes a títulos oficiales impartidos por la Universidad de Castilla-La Mancha, Segundo de Bachillerato, Segundo de Ciclos Formativos de Grado Medio o enseñanzas de régimen especial.
El alumno tendrá que residir en una localidad que no disponga de la oferta de estudios a cursar ni exista ningún medio de transporte público que permita su desplazamiento diario al centro educativo, y tampoco deberá desarrollar ningún tipo de actividad laboral mercantil o profesional ni realizar estudios para la obtención de una segunda titulación universitaria, de estudios superiores de enseñanzas artísticas o de Ciclos Formativos de Grado Superior.