Por otra parte, el jurado, compuesto por nueve personas, seis hombres y tres mujeres, ha exculpado al tercer encausado en calidad de cómplice, A.J.S.F., por siete votos a dos, al entender que "no ha encontrado ningún elemento de convicción que pudiera considerarlo culpable de estos hechos".
Por el contrario, el jurado ha manifestado su consideración de culpabilidad para M.T. a tenor de los "informes forenses" que indican que, durante la investigación, "aparecen tres huellas del acusado a escasos centímetros de la víctima".
Asimismo, consideran acreditada la culpabilidad de J.M.D. dado el testimonio de "un amigo de J.M.D.. llamado J.L., afirmó que lo había amenazado"; así como a la pericial tecnológica que "geolocaliza el teléfono móvil de M.M., hija de J.M.D., conectado a la antena que da servicio a la zona de San Pablo de los Montes".
El jurado no ha considerado acreditado que J.M.D. tuviese una implicación como "cooperador necesario del delito", tal y como solicitaba la acusación particular, considerando al acusado como "cómplice del delito".
A tenor del veredicto, el Ministerio Fiscal ha reiterado su petición de condena a 15 años de prisión para el principal acusado, M.T., así como una condena de 9 años de prisión para el acusado de homicidio en grado de co