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Casi 2.500 castellano-manchegos han iniciado ya la solicitud de ayuda al alquiler de vivienda en Castilla-La Mancha

Casi 2.500 castellano-manchegos han iniciado ya la solicitud de ayuda al alquiler de vivienda en Castilla-La Mancha
martes 06 de diciembre de 2016, 14:00h

Un total de 2.451 castellano-manchegos han iniciado ya los trámites para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda del 

Gobierno regional, que pueden llegar hasta un 60 % de la renta de alquiler en el caso de personas que hayan sufrido un desahucio hipotecario.

Según informa hoy la Consejería de Fomento, de estas peticiones se han registrado y grabado un total de 513 solicitudes, asignando cita a los demás peticionarios para que acudan con la documentación requerida a las dependencias de la Junta de Comunidades, al objeto de validarla por medio de una atención personalizada y de manera informatizada.

Las ayudas pueden alcanzar un máximo de 200 euros mensuales (2.400 euros anuales) sin superar el 40 % de la renta mensual de alquiler, porcentaje que puede llegar hasta el 60 % en el caso de las familias que en su día perdieran su vivienda habitual a causa de un proceso de ejecución hipotecaria.

Dotada con 4,3 millones de euros, esta nueva convocatoria de ayudas al alquiler del Gobierno regional tendrá su plazo de recepción de solicitudes abierto hasta el próximo 28 de febrero; mientras que las ayudas se concederán a lo largo de todo el año 2017.

Con ella, el Ejecutivo regional ha introducido mejoras que favorecen en el reparto de los fondos a colectivos más vulnerables o con mayor riesgo de exclusión residencial.

En la anterior convocatoria, resuelta en febrero del presente año, el Gobierno autonómico concedió más de 4.000 ayudas con 6 millones de euros gestionados en la convocatoria; montante que prácticamente duplicó la convocatoria de 2015, en la que se concedieron 1.607 ayudas por importe de 3,3 millones de euros.

Podrán solicitarlas todos los arrendatarios de vivienda habitual y permanente situada en territorio regional que tengan su domicilio habitual en dicha vivienda y con rentas de alquiler que no superen los 500 euros mensuales, cifra que se eleva hasta 600 euros en el caso de las familias numerosas.

Entre los requisitos que establecen las bases figuran el estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tener suscrito un contrato de alquiler y estar al corriente de pago con el arrendador o efectuar el pago de la renta de la vivienda por domiciliación bancaria.

Las bases también fijan las causas de exclusión del derecho a estas ayudas, como haber sido sujeto de revocación en convocatorias anteriores, ser propietario de alguna vivienda en territorio español, tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador o ser cesionario de una vivienda de promoción pública de la Junta de Comunidades.

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos por parte de los solicitantes, el conjunto de las peticiones se puntuarán en función de una serie de criterios como los ingresos del solicitante y la situación personal o familiar que acredite el grado de necesidad de la ayuda.

Las ayudas se abonarán a los beneficiarios de manera trimestral y se concederán por un plazo máximo de doce meses hasta la finalización del crédito público disponible dispuesto a tal efecto. 

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