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Un jurado popular declara culpable por unanimidad al acusado de matar a su compañera de trabajo en Cuenca

Por Redacción-Europa Press
martes 21 de octubre de 2014, 16:54h

El jurado popular ha declarado culpable por unanimidad a E.A.C., el hombre acusado de matar a su 

compañera de trabajo --B.M.R.L.-- en el bar de una gasolinera de Villalba de la Sierra (Cuenca) el 3 de diciembre de 2011 y que está siendo juzgado desde este lunes en la Audiencia Provincial.

Esta ha sido la decisión a la que han llegado los nueve miembros del jurado popular --cuatro mujeres y cinco hombres-- después de unas tres horas de deliberación, después de que este lunes el fiscal rebajara su petición de pena para el procesado, al entender como atenuante la reparación de daños y apreciar como cubierta su responsabilidad civil.

El jurado lo ha declarado culpable de los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas, por los que el Ministerio Fiscal ha pedido diez años y medio de cárcel por el primero y seis meses más por el segundo, petición a la que se han adherido acusación particular y defensa.

En su veredicto, el jurado ha estimado como probado por unanimidad, que, en la mañana en la que sucedieron los hechos por los que ha sido juzgado, E.A.C. se encontraba "en un bar en el que trabajaba" la víctima y que "tenía permanentemente en su domicilio un arma de caza en perfecto estado de funcionamiento" respecto de la cual "no poseía licencia de armas ni guía de pertenencia".

En relación al día de autos, los miembros del jurado han probado por unanimidad que "a raíz de algunas desavenencias surgidas en el trabajo" con la víctima y "mantenidas en el tiempo", E.A.C. decidió el 3 de diciembre de 2011 "acabar con la vida" de B.M.R.L., con quien se quedó a solas en el bar hacia las 15.40 horas de dicho día.

También ha quedado probado que el acusado "con el objeto de acabar con la vida" de la fallecida "salió del bar, cogió su coche y se dirigió a su domicilio para coger la escopeta", y que, a continuación, "la escondió en su vehículo, subiéndose en al coche y regresando hasta la puerta del bar de la gasolinera", lugar donde "dejó aparcado el turismo".

A continuación, "cogió el arma, que tenía cargada con dos cartuchos del calibre 14 milímetro, salió del coche y entró nuevamente en el bar" y "mientras entraba en el bar, llamó a la víctima, saliendo esta en el momento a la zona del bar" como consecuencia de la llamada y "desde las dependencias privadas que le servían de domicilio" y a quien el acusado "encañonó de forma sorpresiva con la escopeta, situada a escasos centímetros de su cabeza" evitando así "cualquier posibilidad de reacción de esta".

"Inmediatamente después", continúa el veredicto, "y siendo plenamente consciente de lo que hacía", el acusado "realizó un disparo que produjo en ella un orificio de entrada en la región frontal de su cabeza sin salida" y que le ocasionó la muerte hacia las 18.20 por "destrucción de centros vitales encefálicos", lo que el jurado considera probado.

Una vez reconocidos los hechos y realizadas las modificaciones de las peticiones de las partes en la primera vista, el letrado de la defensa, José Javier Gómez, ha recordado que esta parte "ha mostrado su conformidad desde el inicio del procedimiento" y, aunque ha admitido que "satisfechos con una condena nunca se puede estar". "Dentro de las posibilidades y siguiendo las instrucciones de mi cliente, estoy conforme", ha concluido.

Una vez hecho público el veredicto resultado del proceso de deliberación del jurado, el juicio ha quedado visto para sentencia.

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