El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha dado a conocer una nueva Orden emitida por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Este documento regula el proceso de adjudicación de plazas en las residencias escolares de la región para el alumnado matriculado en centros públicos durante el curso 2026/2027.
La normativa entrará en vigor este martes y establece que las solicitudes de admisión podrán presentarse en dos plazos, dependiendo de la etapa educativa y del curso acreditado para acceder a la residencia.
Plazos para solicitar plaza
El primer plazo se extenderá por 10 días hábiles a partir de este martes, permitiendo que el alumnado de cualquier etapa educativa presente su solicitud. Esto incluye a aquellos estudiantes de ciclos formativos que estén a la espera de confirmación de matrícula y que cumplan con los requisitos establecidos.
El segundo plazo estará disponible desde el 1 hasta el 11 de septiembre de 2026, destinado a aquellos alumnos que no hayan presentado su solicitud durante el primer periodo.
Excepciones y criterios de selección
De manera excepcional, se permitirá que el alumnado que sea escolarizado después del 11 de septiembre de 2026 o que cumpla los requisitos por causas sobrevenidas pueda presentar su solicitud dentro de un plazo adicional de cinco días hábiles desde que tenga conocimiento del cumplimiento de dichos requisitos.
A través de esta Orden, la Consejería también define el número y distribución de plazas disponibles, así como los criterios para la selección de futuros residentes. En total, se convocan 619 plazas bajo un régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al alumnado matriculado en centros docentes públicos que curse enseñanzas obligatorias y no obligatorias durante el mencionado curso escolar.
La noticia en cifras
| Cifra |
Descripción |
| 619 |
Número total de plazas convocadas |
| 10 |
Días hábiles del primer plazo para presentar solicitudes |
| 1-11 de septiembre de 2026 |
Fechas del segundo plazo para presentar solicitudes |
| 5 |
Días hábiles del plazo excepcional para alumnado escolarizado posteriormente |