Las compañías ferroviarias en España, como Renfe, Iryo y Ouigo, deben indemnizar por retrasos según la normativa europea, incluso si eliminan sus políticas de puntualidad. Facua advierte que las restricciones de velocidad no eximen a las empresas de estas obligaciones. Las compensaciones varían entre el 25% y el 50% del billete.
Las compañías ferroviarias que operan en España, incluyendo Renfe, Iryo y Ouigo, están obligadas a pagar indemnizaciones por retrasos según lo estipulado por la normativa europea. Esta obligación se mantiene incluso si deciden eliminar sus «compromisos de puntualidad» debido a las limitaciones de velocidad impuestas por Adif en ciertos trayectos de alta velocidad. Así lo ha señalado Facua-Consumidores en Acción en un comunicado.
La organización de consumidores ha subrayado que las restricciones de velocidad implementadas por Adif tras el accidente en Adamuz no pueden ser consideradas como una excepción que exima a las empresas de cumplir con sus obligaciones de indemnización.
Indemnizaciones y políticas de compensación
Después del mencionado accidente, Iryo anunció que dejaría de aplicar sus políticas habituales de compensación para los billetes adquiridos desde el 28 de enero en los trayectos entre Madrid y Barcelona, así como entre Madrid y Valencia. La compañía argumenta que los retrasos son «ajenos a la responsabilidad del operador».
No obstante, aunque Iryo y otras compañías pueden ajustar sus propias políticas de indemnización, Facua ha recordado que estas empresas siguen sujetas a los compromisos mínimos establecidos por la normativa europea.
Detalles sobre las indemnizaciones
De acuerdo con el artículo 19 de la normativa, si un tren sufre un retraso de entre 60 y 119 minutos, se deberá indemnizar al pasajero con el 25% del precio del billete. En caso de que el retraso sea igual o superior a los 120 minutos, la indemnización asciende al 50%.
Es importante destacar que esta compensación está condicionada a que la compañía ferroviaria no haya reembolsado directamente el importe total del billete al pasajero afectado.